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MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO Y DERECHOS REALES

Ocupación: “Es un modo originario de adquirir el dominio de las cosas muebles que a nadie pertenecen (res nullius o res derelictae), mediante su aprensión material con el ánimo de adquirirlas y siempre que la ley permita su aprobación”...





Accesión: ​“Según el artículo 713 del código civil, La accesión es un modo de adquirir por el cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que ella produce o de lo que se junta a ella. Los productos de las cosas son frutos naturales o civiles...









Tradición: Modo de adquirir el dominio, acto jurídico bilateral, no alcanza a ser contrato; legislación la asimila a la entrega (artículo 1880 de Código Civil), consiste en que una persona traslada el derecho del patrimonio al patrimonio de otra...







Sucesión por causa de muerte: El derecho de sucesión puede tener varios conceptos, que diferentes doctrinantes le han denominado como por ejemplo “la sucesión es el traspaso del patrimonio de una persona que ha muerto, a otras personas vivas”  ya se han herederos o legatarios, pero también...

Cristian Briceño - Johan Caldas - Daniel Díaz - Linda Hernandez - Harol Mancera - Nicolas Tierradentro - Viviana Valeriano



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